NIC 32 / IAS 32

NIC 32 - Instrumentos Financieros: Presentación

 

IAS 32 - Financial Instruments: Presentation

 

Vigencia

Enero de 2005

Cuerpo de la NIC

-Párrafos 2 al 100, y

-Apéndice - Guía para aplicación

Material oficial que no es parte de la NIC

 Ejemplos ilustrativos

Versión original

1995 / 2000

Modificación más reciente

Diciembre 2011

Norma asociada

NIIF 7 y 9

NIC 39

CINIIF 2

  

Acerca de esta NIC

 

El concepto de Instrumentos financieros es tan amplio que los requerimientos están en 3 normas:

Medición y Reconocimiento       NIC 39

Revelaciones                                     NIIF 7

Presentación                                     NIC 32

 

Como dice el título, NIC 32 se enfoca en la presentación de instrumentos financieros, que según su esencia (no su forma legal) pueden ser Activos financieros, Pasivos Financieros o Instrumentos de Patrimonio.

 

Las pautas para concluir si un instrumento financiero es un Activo financiero, Pasivo financiero o Instrumento de Patrimonio, están en los párrafos 11, 15 y 16, complementados con escenarios que desarrolla NIC 32 posteriormente.

 

NIC 32 es de aplicación para todas las entidades, pero contiene muchos asuntos dirigidos a instituciones financieras, que no serán aplicables a compañías manufactureras o comerciales que tienen instrumentos financieros básicos. Por ejemplo, el apartado “Pasivos y Patrimonio” enuncia reglas para casos poco recurrentes como: Puttable instruments (instrumentos con opción de venta), Instrumentos con obligación de entregar una pro rata del patrimonio de la entidad solo a la liquidación-de-la-entidad, liquidación (settlement) mediante instrumentos de patrimonio de la entidad, cláusulas no genuinas (párrafo 25), o transacciones de patrimonio que se abandonan (párrafo 35).

 

NIC 32 sin embargo, aborda un tema crítico como es el neteo (offsetting) de Activos financieros con Pasivos financieros. El neteo se apoya en el derecho de la entidad de liquidar por el neto, o de su intención de que el activo y pasivo se liquiden simultáneamente. Ver párrafo 42.

 

Neteos – La traducción oficial de NIC 39 para Offset es compensar o compensación. Aquí prefiero traducir como netear o neteo (porque además en ocasiones las NIIF usan el verbo compensate, que se traduce como compensar).

 

 

Este Resumen está en el mismo orden de la norma, haciendo referencia al párrafo respectivo, por ejemplo el párrafo 20, es p20. Ningún texto original de las NIIFs contiene subrayados, sin embargo, para una mejor comprensión y navegación hemos agregado Títulos en cursiva cuando lo consideramos necesario. Los títulos en bold son los originales de la norma.

 

 

 

INICIO

 

OBJETIVO DE NIC 32

Establecer principios para: p2

·         Para la presentación de los Instrumentos financieros (InstFin), ya sea como Pasivos o Patrimonio y

·         Para netear (offset) Activos financieros (ActFin) y Pasivos financieros (PasFin), p2

 

NIC 32 aplica para: p2

·         Clasificar los InstFin, desde la perspectiva del emisor, en ActFin, PasFin, e Instrumentos de patrimonio (InstrPatrim);

·         La clasificación de los respectivos intereses, dividendos, pérdidas y ganancias (gains and losses); y

·         Las circunstancias en que los ActFin y PasFin debieran ser neteados (offset).

 

Los principios de NIC 32 complementan con: p3

·         Los principios de Reconocimiento y Medición de ActFin y PasFin de NIC 39 y

·         Los principios de Revelaciones de NIIF 7

 

ALCANCE

NIC 32 es de aplicación para todas las entidades, a todo tipo de InstFin, excepto: p4

[a]    Las participaciones en subsidiarias, asociadas o ventures conjuntos, que se contabilicen según NIIF 10, NIC 27 o NIC 28.

[b]    Los derechos y obligaciones de los empleadores, por planes de beneficios para empleados, a los que se aplica NIC 19

[c]    [eliminado]

[d]    Los contratos de seguros tal como se definen en NIIF 4

[e]    Los InstFin que están dentro del alcance de NIIF 4 (porque contienen una característica discrecional de participación)

[f]     InstFin, contratos y obligaciones bajo transacciones con pagos basados ??en acciones a los que se aplica NIIF 2, excepto algunos párrafos de NIC 32 que sí son aplicables (ver más detalles en la versión completa de este párrafo, que no resumimos aquí)

 

NIC 32 debe aplicarse a los contratos para comprar o vender partidas no-financieras [por ejemplo trigo], que pueden liquidarse por el neto, en efectivo u otro InstFin, o intercambiando InstFin, como si los contratos fueran InstFin. Esta dinámica no se aplica a aquellos contratos propios de la actividad económica de le entidad, donde lógicamente su propósito es recibir o entregar la partida no-financiera [el trigo] como parte del giro de su negocio, p8

 

Existen diversas maneras en las que un contrato para comprar o vender una partida no- financiera, puede liquidarse por el neto, en efectivo u otro InstFin, o intercambiando InstFin. Estos casos se detallan en la versión completa de los párrafos 9 y 10, no resumidos aquí.

 

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DEFINICIONES

(ver también párrafos AG3 a AG23)

 

Instrumento financiero - Es un contrato que da lugar a un ActFin en una entidad, y a un PasFin o InstrPatrim en otra entidad, p11

 

Activo financiero - Es cualquier activo que sea: p11

[a]    Efectivo;

[b]    Un InstrPatrim en otra entidad;

[c]    Un derecho contractual:

[i]     Para recibir efectivo u otro ActFin de otra entidad; o

[ii]    Para intercambiar ActFin o PasFin con otra entidad, en condiciones que son potencialmente favorables para la entidad; o

[d]    Un contrato que será o puede ser liquidado usando los InstrPatrim propios de la contraparte, y sea:

[i]     Un no-derivado para el que la entidad esté o pueda estar obligada a recibir un número variable de InstrPatrim propios de la contraparte; o

[ii]    Un derivado que será o podrá ser liquidado por un número fijo de InstrPatrim propios de la contraparte

 

Pasivo financiero - Es cualquier pasivo que sea: p11

[a]    Una obligación contractual:

[i]     Para entregar efectivo u otro ActFin a otra entidad; o

[ii]    Para intercambiar ActFin o PasFin con otra entidad, en condiciones que sean potencialmente desfavorables para la entidad; o

[b]    Un contrato que sea o pueda ser liquidado utilizando InstrPatrim propios de la entidad, y sea:

[i]     Un no derivado para el que la entidad esté o pueda estar obligada a entregar un número variable de InstrPatrim propios; o

[ii]    Un derivado que será o podrá ser liquidado por un número fijo de InstrPatrim propios.

Como excepción, un instrumento que cumple con la definición de un PasFin se clasifica como InstrPatrim, si tiene todas las características y reúne las condiciones de los párrafos 16A y 16B o los párrafos 16C y 16D, p11

 

Instrumento de patrimonio - Es un contrato que representa una participación residual en los activos de una entidad, una vez deducidos todos sus pasivos, p11

 

Valor razonable - Es el precio (en la fecha de medición) que se recibiría por vender un activo o que se pagaría para transferir un pasivo, en una transacción ordenada entre participantes del mercado  (Ver NIIF 13), p11

 

Un instrumento con opción de venta -  (puttable instrument)  - Es un InstFin:

·         que da al titular el derecho de devolverlo, de “poner de vuelta” (put back) el instrumento al emisor, a cambio de efectivo u otro ActFin, O

·         que se devuelve automáticamente al emisor a la ocurrencia de un evento futuro incierto, o la muerte o jubilación del titular del instrumento.

 

Más definiciones - Los siguientes términos se definen en NIC 39 (párrafo 9), y se utilizan en NIC 32 con el mismo significado:

Costo amortizado de un ActFin o PasFin/ ActFin disponibles para la venta/ Desreconocimiento/

Derivado/ Método de interés efectivo/ ActFin o PasFin a Valor razonable vía Resultados/ Contrato de garantía financiera / Compromiso firme/ Transacción prevista/ Efectividad de una cobertura / Partida coberturada / Instrumento de cobertura / Inversiones mantenidas hasta el vencimiento / Préstamos & Cuentas por cobrar/ Compra o Venta de manera regular / Costos de transacción.

 

Los contratos no necesitan estar por escrito

Debido a que pueden adoptar una variedad de formas, p13

Por ejemplo, una factura por pagar es un PasFin, sin embargo no necesariamente puede existir un contrato escrito.

 

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PRESENTACIóN

Pasivos y Patrimonio

NIC 32 hace referencia a los párrafos AG13 a AG14J y AG25 a AG29A

 

El emisor de un InstFin tiene que clasificar el instrumento, o sus componentes, en el reconocimiento inicial como un PasFin, un ActFin o un InstrPatrim (instrumento de patrimonio), de acuerdo con la sustancia del acuerdo contractual y con las definiciones de PasFin, ActFin y de InstrPatrim, p15

 

Condiciones para clasificación como Instrumento de Patrimonio

Cuando un emisor aplique las definiciones del párrafo 11, para determinar si un InstFin es un InstrPatrim (en lugar de un PasFin), el instrumento es un InstrPatrim sólo si reúne las dos siguientes condiciones: p16

[a]    El instrumento no tiene estas obligaciones:

[i]     Para entregar efectivo u otro ActFin a otra entidad; o

[ii]    Para intercambiar ActFin o PasFin con otra entidad, en condiciones que sean potencialmente desfavorables para el emisor.

[b]    Si el instrumento será o podrá ser liquidado en InstrPatrim propios del emisor, tiene estas características:

[i]     Es un no-derivado que no incluye obligación contractual para el emisor de entregar un número variable de sus propios InstrPatrim; o

[ii]    Es un derivado que será liquidado por el emisor solo intercambiando un importe fijo de efectivo u otro ActFin, por un número fijo de sus propios InstrPatrim.

 

Caso especial

Una obligación contractual (incluyendo aquélla que surja de un InstFin derivado), que resulte o pueda resultar en una futura recepción o entrega de InstrPatrim propios del emisor, pero no reúne las condiciones (a) y (b) líneas arriba, no es un InstrPatrim.

 

Excepciones para registrar un PasFin como InstrPatrim

Como excepción, un instrumento que reúne la definición de un PasFin se clasifica como un InstrPatrim, si tiene todas las características y reúne las condiciones de los párrafos 16A y 16B o párrafos 16C y 16D, p16

 

Los párrafos 16A a 16F, no los resumimos en esta página. Se refieren a los siguientes instrumentos:

·         Instrumentos con opción de venta (puttable instruments), 16A y 16B

·         Instrumentos o componentes de instrumentos, que imponen a la entidad una obligación de entregar a una parte diferente, una participación pro rata del patrimonio (net assets) de la entidad, solo si ocurre la liquidación-de-la-entidad, 16C y 16D

·         Reclasificación de puttable instruments y de instrumentos que imponen a la entidad una obligación de entregar a una parte diferente, una participación pro rata del patrimonio (net assets) de la entidad, solo si ocurre la liquidación-de-la-entidad, p16E y p16F

 

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PRESENTACIóN (continuación)

Pasivos y Patrimonio (continuación)

Cuando No hay obligación contractual de entregar efectivo u otro ActFin (párrafo 16a)

 

Diferencia entre PasFin vs InstrPatrim

Con la excepción de las circunstancias descritas en párrafos 16A a 16D, una característica crítica para diferenciar un PasFin de un InstrPatrim, es que [en el PasFin] existe una obligación contractual de una parte del InstFin (el emisor) con la otra parte (el titular), de: p17

·         Entregar efectivo u otro ActFin, O

·         Intercambiar ActFin o PasFin con el titular en condiciones que sean potencialmente desfavorables para el emisor

 

En el caso de un InstrPatrim, a pesar de que el titular puede tener derecho a recibir una participación pro rata de los dividendos u otras distribuciones de patrimonio, el emisor no tiene una obligación contractual de hacer esas distribuciones, porque no puede ser obligado a entregar efectivo u otro ActFin a una parte diferente, p17

 

Sustancia vs Forma legal

La sustancia de un InstFin, en lugar de su forma legal, prevalece para la clasificación en el Estado de Situación Financiera de la entidad, p18

 

La Sustancia y la Forma legal, son por lo general consistentes, pero no siempre. Algunos InstFin tienen la forma legal de Patrimonio, pero son Pasivos en sustancia, y otros pueden combinar características de InstrPatrim y de PasFin, p18

 

Clasificación como Pasivo

Si una entidad no tiene un derecho incondicional de evitar la entrega de efectivo u otro ActFin para liquidar una obligación contractual, la obligación reúne la definición de PasFin (excepto los casos especiales en los párrafos 16A - 16D), p19

 

Un InstFin que no establezca explícitamente una obligación contractual de entregar efectivo u otro ActFin, indirectamente puede establecer esa obligación a través de sus términos y condiciones. Por ejemplo: p20

[a]    Un InstFin puede contener una obligación no-financiera, que debe ser liquidada sólo si la entidad falla en hacer distribuciones o en redimir el instrumento. Si la entidad puede evitar una transferencia de efectivo u otro ActFin solo con la liquidación de la obligación no-financiera, el InstFin es un PasFin

[b]    Un InstFin es un PasFin si establece que a su liquidación (settlement), la entidad entregará:

[i]     Efectivo u otro ActFin; o

[ii]    Sus propias acciones, cuyo valor sea sustancialmente superior al valor del efectivo u otro ActFin.

 

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PRESENTACIóN (continuación)

Pasivos y Patrimonio (continuación)

Liquidación mediante InstrPatrim propios de la entidad (párrafo 16 b)

Un contrato no es un InstrPatrim solo porque puede dar lugar a la recepción o entrega de InstrPatrim propios de la entidad, p21

 

Ejemplo - Al respecto, en párrafo 21, la NIC 32 desarrolla un ejemplo de un contrato que será un PasFin a pesar de que la entidad deba o pueda liquidarlo entregando sus InstrPatrim propios. NIC 32 explica que es un PasFin y no InstrPatrim, porque la entidad utiliza un número variable de sus propios InstrPatrim como medio para liquidar el contrato. En consecuencia, el contrato no representa una participación residual en los activos de la entidad, una vez deducidos todos sus pasivos, p21

 

Un contrato que contenga una obligación de una entidad de comprar sus propios InstrPatrim (en efectivo u otro ActFin), dará lugar a un PasFin por el valor presente del importe de redención (por ejemplo, el valor presente del precio de recompra del forward, el precio de ejercicio de la opción u otro importe de redención) (excepto los casos especiales en los párrafos 16A-16D), p23

 

Clasificación como Patrimonio

Un contrato que será liquidado por la entidad (recibiendo o) entregando un número fijo de sus propios InstrPatrim, a cambio de un importe fijo de efectivo u otro ActFin, es un InstrPatrim (excepto por el caso descrito en párrafo 22A), p22

 

Clasificación como Activo o Pasivo

Si los InstrPatrim propios de la entidad, por recibir o entregar, por la entidad, a la liquidación de un contrato, son InstFin con opción de venta (puttable) con todas las características y condiciones de los párrafos 16A y 16B o, son instrumentos que imponen a la entidad una obligación para entregar a una parte diferente una participación pro rata del patrimonio de la entidad solo si ocurre la liquidación-de-la-entidad, con todas las características y condiciones de los párrafos 16C y 16D, el contrato es un ActFin o un PasFin, p22A

 

Un contrato que será liquidado por la entidad entregando o recibiendo un número fijo de sus propios InstrPatrim, a cambio de un importe variable de efectivo en efectivo u otro ActFin, es un ActFin o PasFin. Un ejemplo es un contrato donde una entidad entrega 100 de sus propios InstrPatrim, a cambio de un importe de efectivo equivalente al valor de 100 onzas de oro, p24

 

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PRESENTACIóN (continuación)

Pasivos y Patrimonio (continuación)

Cláusulas de liquidación contingente

Se trata de un InstFin que: p25

·         Puede requerir que la entidad entregue efectivo u otro ActFin, en el caso de la ocurrencia o no ocurrencia de eventos futuros inciertos (o al desenlace de circunstancias inciertas), que están fuera del control, tanto del emisor como del titular del instrumento (cambios como el índice del mercado de valores, el índice de precios al consumidor, tasa de interés o magnitudes impositivas, o también los revenues futuros del emisor, utilidad neta o el ratio deuda-patrimonio.

·         El emisor (de ese instrumento), no tiene el derecho incondicional de evitar la entrega de efectivo u otro ActFin.

·         Por lo tanto, se trata de un PasFin para el emisor, salvo si ocurre lo siguiente:

[a]    La parte de la cláusula de liquidación contingente que podría requerir la liquidación en efectivo u otro ActFin, no es genuina;

[b]   El emisor puede ser requerido para que liquide la obligación en efectivo u otro ActFin, sólo en el caso de liquidación del emisor; o

[c]    El instrumento tiene todas las características y condiciones de los párrafos 16A y 16B.

 

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PRESENTACIóN (continuación)

Pasivos y Patrimonio (continuación)

Opciones de liquidación (settlement options)

Cuando un InstFin derivado da a elegir a una de las partes la forma de liquidación (por ejemplo el emisor o el titular puedan escoger liquidar por el neto en efectivo o intercambiando acciones por efectivo), entonces el InstFin derivado es un ActFin o un PasFin, a menos que todas las alternativas de liquidación dieran lugar a que sea un InstrPatrim, p26.

 

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PRESENTACIóN (continuación)

Instrumentos financieros compuestos

(NIC 32 hace referencia a párrafos AG30-AG35 y los Ejemplos ilustrativos 9-12)

 

El emisor de un InstFin no-derivado debe evaluar las condiciones del InstFin para determinar si contiene ambos, un Componente de pasivo y un Componente de patrimonio, p28

Dichos componentes deben clasificarse por separado como PasFin, ActFin o InstrPatrim, según el párrafo 15, p28

 

Componente de Pasivo + Componente de patrimonio

Una entidad reconocerá por separado los componentes de un InstFin que (a) da lugar a un PasFin y (b) otorga una opción al titular del instrumento para convertirlo en un InstrPatrim de la entidad, p29

 

Por ejemplo, un bono o instrumento similar que sea convertible por el titular en un número fijo de acciones ordinarias de la entidad, es un InstFin compuesto, p29

 

Desde la perspectiva de la entidad, ese instrumento comprende dos componentes: un PasFin (un acuerdo contractual para entregar efectivo u otro ActFin) y un InstrPatrim (una opción de compra (call) que otorga al titular por un tiempo específico, el derecho de convertirlo en un número fijo de acciones ordinarias de la entidad), p29

 

El efecto económico de emitir un instrumento así es sustancialmente el mismo que si: p29

·         Se emitiera simultáneamente (1) un instrumento de deuda con una cláusula de liquidación anticipada y (2) certificados para comprar acciones ordinarias, o

·         Se emitiera un instrumento de deuda, con certificados desmontables de compra de acciones

 

La clasificación de los componentes de Pasivo y Patrimonio de un instrumento convertible no se actualizará como resultado de un cambio en la probabilidad de que se ejerza la opción de conversión, incluso cuando parece que el ejercicio de la opción se ha vuelto económicamente favorable para algunos titulares, p30

 

Procedimiento para la asignación

Por lo tanto, cuando el valor contable inicial de un InstFin compuesto, se asigna a sus componentes de Pasivo y Patrimonio, el componente de Patrimonio se asigna al importe residual, que se determina: restando al valor razonable del instrumento en su conjunto, el importe determinado por separado para el componente de Pasivo, p31

 

(La suma de los valores contables asignados a los componentes de Pasivo y Patrimonio en el reconocimiento inicial, es siempre igual al valor razonable que se otorgaría al instrumento en su conjunto. No surgen ganancias ni pérdidas en el reconocimiento inicial de los componentes por separado del instrumento), p31

 

Ejemplo - Según el enfoque del párrafo 31, el emisor de un bono convertible en acciones ordinarias, procederá de la siguiente manera:

·         Determinará en primer lugar el valor contable del componente de Pasivo, midiéndolo al valor razonable de un pasivo similar que no tiene un componente de Patrimonio asociado.

·         Luego, el valor contable del InstrPatrim (representado por la opción de convertir el instrumento en acciones ordinarias), se determinará: deduciendo el valor razonable del PasFin, del valor razonable del InstFin compuesto en su conjunto, p32

 

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PRESENTACIóN (continuación)

Acciones en Tesorería (treasury shares)

(NIC 32 hace referencia a párrafo AG36)

 

Los InstrPatrim propios, readquiridos por una entidad se llaman “acciones en tesorería”. Al respecto:

·         Las acciones de tesorería deben deducirse del Patrimonio de la entidad [para presentación], p33

·         No debe reconocerse ninguna ganancia o pérdida en Resultados, a la compra, venta, emisión o revocación (cancellation) de los InstrPatrim propios de la entidad, p33

·         Dichas acciones en tesorería, podrían ser adquiridas y mantenidas por la entidad o por otros miembros del Grupo consolidado, p33

·         La contraprestación pagada o recibida debe reconocerse directamente en patrimonio, p33

·         El importe que se mantiene por Acciones en tesorería se revela por separado, ya sea en el Estado de Situación Financiera o en las notas, según NIC 1, p34

·          En los casos de InstrPatrim readquiridos de partes relacionadas, la entidad hará las revelaciones según NIC 24, p34

 

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PRESENTACIóN (continuación)

Intereses, dividendos, pérdidas y ganancias

(NIC 32 hace referencia a párrafo AG37)

 

Reconocimiento en Resultados

Los intereses, dividendos, pérdidas y ganancias relacionados con un InstFin o un componente que es un PasFin, debe reconocerse como Ingreso o Gasto en Resultados, p35

 

Las ganancias y pérdidas (gains and loses) relacionadas con los cambios en el Valor contable de un PasFin se reconocen como Ingreso o Gasto (Income or Expense) en Resultados, incluso cuando se trate de un instrumento que incluye un derecho a participación residual de los activos de la entidad, a cambio de efectivo u otro ActFin (ver párrafo 18 b), p41

 

Reconocimiento en Patrimonio

Las distribuciones a los titulares de un InstrPatrim deben reconocerse por la entidad directamente en patrimonio, p35

 

Impuesto a las ganancias

El impuesto a las ganancias por las distribuciones y por los costos de transacciones deben contabilizarse según NIC 12, p35A

 

Criterio para que sea Resultados o Patrimonio

La clasificación de un InstFin como un PasFin o InstrPatrim, determinará si los intereses, dividendos, pérdidas y ganancias relacionados con el mismo, se reconocen como Resultados, p36

 

Gastos o Resultados – p36

·         Los dividendos pagados por acciones reconocidas como pasivos: Gastos

·         Intereses de un bono: Gastos

·         Ganancias y pérdidas asociadas con redenciones o refinanciamientos de PasFin se reconocen: Resultados

 

Patrimonio - Las redenciones o refinanciamientos de InstrPatrim se reconocen como cambios en el patrimonio, p36

 

Los cambios en el valor razonable de un InstrPatrim no se reconocen en los Estados financieros, p36

 

Tratamiento de los Costos de transacciones de patrimonio

·         Los costos de transacciones de patrimonio (por emisión o adquisición de sus propios InstrPatrim) se contabilizan como una deducción del patrimonio, p35

·         Ese tratamiento aplica a los costos de transacciones que sean costos incrementales directamente atribuibles a la operación de patrimonio, que de otro modo se habrían evitado, p35

·         Los costos de una transacción de patrimonio que se abandona, se reconocen como gastos, p37

Ejemplos de costos de transacción son el registro y tasas legales, importes pagados a asesores legales, contables y otros asesores profesionales, costos de impresión y derechos de timbre, p37

 

Los costos de transacciones relacionados con la emisión de un InstFin compuesto se asignan entre los componentes de Pasivo y Patrimonio del instrumento, en proporción a la asignación de entradas (proceeds) [captadas], p38

 

Los costos de transacciones contabilizados como una deducción del patrimonio, se presentan por separado, según NIC 1, p39

 

Presentación de los dividendos registrados como gastos

Los dividendos registrados como gastos pueden presentarse en el Estado de Resultados Integral, bien con los intereses por pasivos o como un rubro separado, p40

 

NIC 1 y NIIF 7

Además de los requerimientos de NIC 32, la revelación de intereses y dividendos está sujeta a los requerimientos de NIC 1 y NIIF 7, p40

 

Otro

En el párrafo 41, NIC 32 explica el tratamiento de un instrumento que incluye un derecho a la participación residual en los activos de un entidad, a cambio de efectivo u otro ActFin (ver párrafo 18b), el cual no resumimos aquí, p41

 

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PRESENTACIóN (continuación)

Neteo de Activos financieros y Pasivos finanacieros

(NIC 32 hace referencia a párrafos AG38A a AG38F y AG39)

 

Un ActFin y un PasFin deben netearse (offset) y presentarse neto en el Estado de situación financiera solamente cuando ocurre lo siguiente: p42

[a]    La entidad tiene un derecho, exigible legalmente, de netear los importes reconocidos; y

[b]    La entidad tiene la intención de (1) liquidar por el neto, o de (2) realizar el activo y liquidar el pasivo, simultáneamente.

 

NIC 32 aclara que no debe netearse en los casos singulares descritos en la NIC 39 (párrafo 36), concretamente, cuando se ha transferido un ActFin que no reúne los requisitos para su desreconocimiento, p42

 

Los párrafos 13B a 13E de NIIF 7 contienen requerimientos de revelaciones para el caso de neteos de ActFin y PasFin, p43

 

Netear no es desreconocer

NIC 32 hace una aclaración acerca de que netear no es desreconocer, y en consecuencia, no se generarán ganancias o pérdidas en un neteo p44

Es decir, que el neteo es un procedimiento para presentación, y que el ActFin y PasFin, siguen siendo reconocidos en los libros de una entidad.

 

Existencia del derecho

El derecho de neteo se basa en un derecho legal del deudor (amparado en un contrato u otro medio), para liquidar o eliminar (eliminate) la totalidad o una parte de un importe adeudado a un acreedor, restando a ese importe, el importe adeudado por el acreedor, p45

 

La existencia de un derecho exigible para netear un ActFin y un PasFin puede afectar la exposición de la entidad a los riesgos de crédito y liquidez, p46

[debido a que las cifras que sirven para el control de esos riesgos, se verán modificadas por los neteos]

 

Existe el derecho pero no la intención

Sin embargo, solo la existencia del derecho, no es una base suficiente para un neteo.

En ausencia de una intención de ejercer el derecho o de liquidar simultáneamente, entonces el importe y el calendario de los flujos de efectivo futuros de la entidad no se verán afectados, p46

Cuando una entidad tiene un derecho a netear, pero no tiene la intención de liquidar por el neto o, de realizar el activo y liquidar el pasivo simultáneamente, el efecto de ese derecho en la exposición al riesgo de crédito de la entidad, se revela según NIIF 7 (párrafo 36), p47

 

Existe el derecho y la intención

Cuando una entidad tiene la intención de ejercer el derecho o de liquidar simultáneamente, entonces la presentación del activo y del pasivo por el neto, reflejará de manera más apropiada el importe y calendario de los flujos de efectivo futuros esperados, así como los riesgos a los que están expuestos esos flujos de efectivo, p46

 

No existe el derecho pero sí la intención

Una intención por una o ambas partes para liquidar por el neto, sin tener el derecho legal de hacerlo, no es suficiente para justificar el neteo, debido a que los derechos y obligaciones asociados al ActFin y PasFin individualmente, se mantienen inalterables, p46

 

Liquidación simultánea

La liquidación simultánea de dos InstFin puede ocurrir, por ejemplo, a través de una cámara de compensación (clearing house) en un mercado financiero organizado, o en un intercambio frente a frente. En esos casos, los flujos de efectivo son, en efecto, equivalentes a un importe neto único, y no hay exposición al riesgo de crédito o de liquidez.

 

En otros casos, una entidad podrá liquidar dos instrumentos recibiendo y pagando importes independientes, quedando entonces expuesta al riesgo de crédito por el activo o al riesgo de liquidez por el pasivo, p48

 

Las exposiciones al riesgo indicadas, pueden ser significativas, aun si son breves. En consecuencia, la realización de un ActFin y la liquidación de un PasFin son tratados como simultáneos sólo cuando las transacciones ocurran en el mismo momento, p48

 

Casos en que no es apropiado netear

Las condiciones enunciadas en el párrafo 42 por lo general no se dan por satisfechas (y el neteo no es apropiado) en estos casos:  p49

[a]    Varios InstFin diferentes se utilizan para emular las características de un InstFin simple (instrumento sintético);

[b]    ActFin y PasFin que surgen de InstFin que tienen la misma exposición al riesgo (por ejemplo portafolios), pero involucran diferentes contrapartes;

[c]    ActFin u otros activos dados en garantía de un PasFin sin-recurso;

[d]    ActFin puestos en fideicomiso por un deudor con el fin de pagar una obligación, pero que no han sido aceptados por el acreedor para liquidar la obligación (por ejemplo, un sinking fund arrangement); o

[e]    Se espera que obligaciones incurridas por eventos con pérdidas, sean asumidas por un tercero, en virtud de un contrato de seguro.

 

No hay requerimientos de revelaciones en NIC 32

En el año 2005, los párrafos 51 a 95 que se referían a Revelaciones (Disclosures), fueron eliminados de NIC 32 y transferidos a NIIF 7. Por ese motivo, también NIC 32 cambió su nombre de “Instrumentos Financieros: Revelaciones y Presentación” a “Instrumentos Financieros: Presentación”

 

FECHA DE VIGENCIA Y TRANSICIóN

1 de enero de 2005, p96

 

RETIRO DE OTROS PRONUNCIAMIENTOS

La versión 2003 de NIC 32 descontinuó las siguientes normas:

·         NIC 32, versión 2000

·         SIC 5 – Clasificación de instrumentos financieros – Clausulas de liquidación contingente

·         SIC 16 – Capital en acciones – Instrumentos de patrimonio readquiridos (acciones en tesorería); y

·         SIC 17 – Patrimonio – Costos de transacciones de patrimonio

 

 

 FIN de NIC 32

 

A continuación Sinopsis de Apéndice único

 

Apéndice

Guía para aplicación

Este Apéndice es parte integrante de NIC 32

 

El apéndice abarca aproximadamente 14 páginas con ampliación de los conceptos enunciados en el cuerpo de la NIC 32. Hemos resumido los párrafos que consideramos de aplicación más recurrente.

 

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DEFINICIONES

Contiene orientación para los párrafos 11 a 14 de NIC 32 

 

Activos financieros y pasivos financieros

La moneda (efectivo) es un ActFin porque representa el medio de intercambio y, por tanto, es la base sobre la que se miden y reconocen todas las transacciones en los EF, pAG3

 

Un depósito de efectivo en un banco es un ActFin porque representa el derecho contractual del depositante de obtener efectivo de la institución financiera, o de girar un cheque contra el saldo, a favor de un acreedor en pago de un PasFin, pAG3

 

Ejemplos comunes de activos financieros y pasivos financieros, pAG4

[a]    Cuentas por cobrar comerciales y Cuentas por pagar comerciales;

[b]    Pagares por cobrar y Pagares por pagar;

[c]    Préstamos por cobrar y Préstamos por pagar; y

[d]    Bonos por cobrar y Bonos por pagar.

 

Aclaraciones

Un arrendamiento financiero - Es un InstFin.

Un arrendamiento operativo - No es un InstFin (excepto los pagos individuales corrientes), pAG9

 

No son Activos financieros:

·         Los activos físicos (como inventarios, propiedades, planta y equipo), pAG10

·         Los activos arrendados y los activos intangibles (como patentes y marcas registradas), pAG10

·         Los activos (como pagos anticipados) donde el beneficio económico futuro es la recepción de  bienes o servicios, en lugar de efectivo u otro ActFin, pAG11

 

No son Pasivos financieros: pAG11

Los ingresos diferidos

 

No son Pasivos o Activos financieros: pAG12

Los pasivos o activos que no son contractuales (por ejemplo, impuestos a las ganancias, que se crean por regulaciones de gobiernos)

 

Instrumentos de patrimonio

Los párrafos de este apartado (párrafos AG13 - AG14J) se refieren a escenarios con InstFin complejos, muy diferentes de acciones simples. En especial, amplía los conceptos de los párrafos 16A a 16F.

 

Instrumentos financieros derivados

Los InstFin incluyen: pAG15

·         instrumentos primarios (tales como cuentas por cobrar, cuentas por pagar e InstrPatrim) y

·         los InstFin derivados (tales como opciones financieras, futuros y forwards, swaps de tasa de interés y moneda)

 

Los InstFin derivados cumplen la definición de InstFin y, por tanto, entran dentro del alcance de NIC 32, pAG15

 

Contratos para comprar o vender partidas no-financieras

En este apartado se amplían los conceptos de los párrafos 8 a 10 de la NIC.

 

Cuándo no son Instrumentos financieros

Los contratos para comprar o vender partidas no-financieras no son InstFin, porque el derecho contractual de una de las partes para recibir un bien o servicio no-financiero, y la correspondiente obligación de la otra parte, no establecen un derecho u obligación presente, para que cualquiera de las partes reciba, entregue o intercambie un ActFin, pAG20

 

Cuándo son Instrumentos financieros

Sin embargo, los contratos para comprar o vender partidas no-financieras, que pueden liquidarse por el neto o intercambiando InstFin, o cuando la partida no-financiera sea fácilmente convertible en efectivo, entonces esos contratos están dentro del alcance de NIC 32 como si fueran InstFin (ver párrafo 8), pAG20

 

Un contrato que implica la recepción o entrega de los activos físicos, no da lugar a un ActFin de una parte y un PasFin de la otra, salvo que el pago correspondiente se postergue a después de la fecha de transferencia de los activos físicos, como ocurre con compras o ventas de bienes a crédito comercial, pAG21

 

*  *  *  *  *

PRESENTACIóN

Pasivos y patrimonio

En este apartado se amplían los conceptos de los párrafos 15 a 27 de la NIC.

 

Cuando No hay obligación contractual de entregar efectivo u otro ActFin

En este apartado se amplían los conceptos de los párrafos 17 a 20 de la NIC.

 

El párrafo AG25 (que no resumimos aquí) amplía con ejemplos el caso de acciones preferentes que pueden emitirse con derechos muy variados, y que para determinar si una acción preferente es un PasFin o un InstrPatrim, el emisor evaluará los derechos contenidos en la acción, para determinar si posee la característica fundamental de un PasFin.

 

Cuando las distribuciones a los titulares de acciones preferentes, son a discreción del emisor, las acciones son InstrPatrim, pAG26

 

La clasificación de una acción preferente como InstrPatrim o PasFin no se ve afectada por los siguientes ejemplos: pAG26

[a]    El historial de distribuciones;

[b]    Una intención de hacer distribuciones en el futuro;

[c]    Un posible impacto negativo en el precio de las acciones ordinarias del emisor, si no se hacen distribuciones

[d]    El importe de las reservas del emisor;

[e]    Las expectativas del emisor sobre utilidades o pérdidas; o

[f]     Capacidad o no capacidad del emisor para influir en las utilidades o pérdidas.

 

Liquidación mediante InstrPatrim propios de una entidad

En este apartado se amplían los conceptos de los párrafos 21 a 24

 

Cláusulas de liquidación contingente

En este apartado se amplían los conceptos del párrafo 25

 

Tratamiento en estados financieros consolidados

En los EF consolidados, una entidad presentará las participaciones no-controladoras de acuerdo con NIC 1 y NIIF 10, pAG29

 

Instrumentos financieros compuestos

En este apartado se amplían los conceptos de los párrafos 28 a 32

 

·         El párrafo 28 aplica únicamente a los emisores de InstFin compuestos no-derivados, pAG30

·         El párrafo 28 no se ocupa de los InstFin compuestos desde la perspectiva de los titulares, pAG30

·         NIC 39 trata de la separación de los derivados alojados (embedded), desde la perspectiva de los titulares de InstFin compuestos que contienen características de deuda y patrimonio, pAG30

·         Una forma común de InstFin compuesto es un instrumento de deuda con una opción alojada de conversión, como por ejemplo un bono convertible en acciones ordinarias del emisor, y sin ninguna otra característica de derivado alojado, pAG31

·         El párrafo AG31 (que no resumimos completamente aquí) contiene pautas más detalladas para la presentación de los componentes de pasivo y patrimonio, separados en el Estado de situación financiera

 

Acciones en tesorería

En este apartado se amplían los conceptos de los párrafos 33 y 34

Los InstrPatrim propios de la entidad no se reconocen como un ActFin, cualquiera sea el motivo por el que se readquieren, pAG36

 

Intereses, dividendos, pérdidas y ganancias

En este apartado se amplían los conceptos de los párrafos 35 a 41

 

El párrafo AG37 presenta el siguiente ejemplo, para ilustrar la aplicación del párrafo 35 a un InstFin compuesto, y enuncia el caso de una acción preferente no-acumulativa que es obligatoriamente rescatable en efectivo en cinco años, pero los dividendos se pagan a discreción de la entidad antes de la fecha de rescate:

·         Tal instrumento es un InstFin compuesto, donde el componente de pasivo equivale al valor presente del importe del rescate. El unwinding (devengo progresivo) del descuento en este componente se reconocerá gradualmente en Resultados, como un gasto financiero.

·         Los dividendos pagados se relacionan con el Componente de patrimonio y, en consecuencia, se reconocerán como distribución de utilidades.

·         El tratamiento descrito se aplicaría también si el rescate no fuera obligatorio, sino a opción del titular, o si la acción fuera obligatoriamente convertible en un número variable de acciones ordinarias (calculadas para igualar un importe fijo o un importe basado en cambios en una variable subyacente, por ejemplo, un commodity).

·          Sin embargo, si los dividendos no pagados se añaden al importe del rescate, todo el instrumento es un pasivo. En cuyo caso, los dividendos se registrarán como gasto financiero.

 

Neteo de un ActFin y un PasFin

En este apartado se amplían los conceptos de los párrafos 42 a 50

 

Acerca del criterio donde una entidad “actualmente tiene un derecho exigible legalmente, de netear los importes reconocidos”

En este apartado se amplían los conceptos del párrafo 42(a)

 

 

FIN de Apéndice

 

A continuación, sinopsis del material

Ejemplos Ilustrativos de NIC 32

 

La sección Ejemplos ilustrativos no es parte integrante de la NIC 32 (como sí lo es el Apéndice único), y por tanto no tiene valor normativo.

 

Estos Ejemplos abarcan aproximadamente 25 páginas con 12 ejemplos. Los ejemplos son numéricos, con asientos de diario.

 

Contabilización de los contratos sobre InstrPatrim de una Entidad

Ejemplo 1: Forward para compra de acciones

Ejemplo 2: Forward para venta de acciones

Ejemplo 3: Opción Call comprada sobre acciones

Ejemplo 4: Opción Call vendida sobre acciones

Ejemplo 5: Opción put comprada sobre acciones

Ejemplo 6: Opción put vendida sobre acciones

 

Entidades como fondos mutuos y cooperativas cuya participación patrimonial

no es patrimonio según se define en NIC 32, EI32

Ejemplo 7: Entidades sin patrimonio

Ejemplo 8: Entidades con patrimonio parcial

 

Contabilización de InstFin compuestos, EI34

Ejemplo 9: Separación de un InstFin compuesto en el reconocimiento inicial

Ejemplo 10: Separación de un InstFin compuesto con múltiples características de derivados alojados

Ejemplo 11: Recompra de un instrumento convertible

Ejemplo 12: Modificación de las condiciones de un instrumento convertible para inducir una conversión anticipada

 

FIN

 

 

Luis R. Espinoza Flores, Derechos Reservados